Conoce las ayudas para impulsar la movilidad eléctrica

Conoce las ayudas para impulsar la movilidad eléctrica

Con la aprobación del artículo 13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril se daba visto bueno a los programas de ayudas e incentivos para impulsar la movilidad eléctrica con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estos fondos, encaminados a la reducción de la dependencia energética de los combustibles fósiles, aspiran a contribuir con el objetivo global de neutralidad en las emisiones de carbono para 2050. Pero, ¿en qué consisten estos programas y a quién van dirigidas las ayudas?

A continuación, explicamos en qué consisten estos programas de ayudas e incentivos y a quién se dirigen para impulsar la movilidad eléctrica y reducir la huella de carbono.

Plan Moves III para la movilidad eficiente y sostenible

Esta ayuda incentiva la compra de vehículos eléctricos y de pila de combustible de forma directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting.

¿En qué consiste la ayuda y a quién va dirigida?

Para el caso de particulares, autónomos o administración, estas ayudas pueden llegar hasta los 7.000 € (9.000 con achatarramiento) en el caso de comerciales de hasta 3.500 kg -categoría N1-, y hasta los 4.500 € (7.000 con achatarramiento) en el caso de vehículos turismos -categoría M1-.

Si la compra es de un vehículo híbrido enchufable la ayuda puede alcanzar los 5.000 €, o bien 2.500 € si no se produce entrega de vehículo.

También son incluidos en el Plan Moves III los vehículos de «kilómetro 0» adquiridos y matriculados en España en los 9 meses anteriores al 10 de abril de 2021, fecha de inicio del programa.

El programa MOVES III proporciona ayudas de un 10% adicional a las actuaciones en municipios de menos de 5.000 habitantes tanto para la instalación de puntos de recarga, como para la compra de vehículos por parte de personas que estén empadronadas en ellos. La cuantía de las ayudas aumentará un 10% en vehículos para personas con movilidad reducida.

El Plan Moves III también prevé nuevas inyecciones de dinero durante el año, y podrá ser solicitado hasta el 31 de diciembre de 2023 según presupuestos de cada Comunidad Autónoma.

Encuentra toda la información para solicitar ayudas en movilidad y vehículos eléctricos en la web del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía).

Ayudas a la instalación de puntos de recarga

Además de las ayudas para la compra del vehículo eléctrico, de pila de combustible o híbrido enchufable, el Plan Moves III dedica una partida a la subvención de la compra directa e instalación de puntos de recarga para el uso privado y público.

¿En qué consiste la ayuda y a quién va dirigida?

  • Hasta un 80 % del coste subvencionable para autónomos, particulares, Comunidades de Propietarios y administración sin actividad económica.
  • En el caso de las empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público y Potencia ≥ 50kW la ayuda puede ascender hasta un 60% del coste subvencionable.
  • Y finalmente para empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado o acceso público con Potencia < 50kW la ayuda puede llegar al 40% del coste subvencionable.

En el caso de comunidades de propietarios, será subvencionable las canalizaciones necesarias para disponer de la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones para dotar de recarga inteligente a la recarga vinculada de vehículo eléctrico.

Ayudas para taxistas y vehículos VTC

Los importes para la compra del vehículo eléctrico, de pila de combustible o híbrido enchufable, podrán verse incrementados en un 10% (no acumulables entre sí), en el caso de adquisiciones de vehículos turismos -categoría M1-, por parte de personas físicas con actividad económica (autónomos), destinados al uso de Taxi y a servicios de Vehículo de Transporte con Conductor (VTC).

En el caso de adquisición de vehículos de categorías M1 y N1, se exige además a los fabricantes o puntos de venta un descuento de al menos 1.000 € en la factura de compraventa del vehículo.

Plan Moves Flotas II para la electrificación y digitalización de flotas

A principios de este año, comenzó el plazo para la solicitud de las ayudas de la segunda edición del plan de ayudas a la electrificación y digitalización de las flotas de empresa.

¿En qué consiste la ayuda y a quién va dirigida?

El Plan Moves Flotas II dotado con 50 millones de euros estarán a disposición de las empresas de tamaño medio y grande que quieran electrificar su parque de vehículos.

Es imprescindible la compra de vehículos eléctricos y de pila de combustible de un mínimo de 25 vehículos y un máximo de 500 y que las empresas aspirantes operen en al menos dos comunidades autónomas.

En la convocatoria se señala que un mismo beneficiario podrá presentar varias solicitudes en el caso de que gestione distintas flotas pero la máxima ayuda por beneficiario no podrá superar los 2,5 millones de euros.

Además (siendo la adquisición requisito indispensable), los proyectos podrán incluir la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en los aparcamientos de la empresa o entidad solicitante y la adquisición o adaptación de sistemas de gestión de flotas para digitalizar el control de rutas o mejorar la formación de conductores y personal de la empresa a fin de realizar una transición de la flota hacia la electrificación.

También son parte de la ayuda la compra de vehículos de segunda mano siempre y cuando sean eléctricos o de pila de combustible de las categorías: M1, N1, L3e, L4e y L5e que tengan una antigüedad máxima de hasta doce meses desde su primera matriculación en España.

El plazo para presentar solicitudes finaliza el próximo 8 de marzo de 2023.

¿Qué incentivos podrá tener la compra de vehículos eléctricos?

Los vehículos eléctricos o híbridos enchufables estarán exentos del pago del impuesto de matriculación. El Impuesto de circulación al tratarse de un impuesto local, la cantidad a abonar varía de un municipio a otro, pudiendo llegar a alcanzar el 75% de bonificación.

En las Islas Canarias no pagarán Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) para los vehículos eléctricos, los híbridos y los impulsados por gas, cuyas emisiones de CO2 sean menores de 110 g/km.

Los ayuntamientos podrán aprobar descuentos de hasta el 50% en el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) a los propietarios de los edificios que instalen puntos de recarga. Según el BOE 305, de 22 de diciembre de 2021, la condición es que “las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la administración competente”.

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