¿Cuándo podrá solicitarse la nueva convocatoria Kit digital?
El próximo 12 de septiembre dará comienzo esta nueva convocatoria Kit digital que cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros y tiene como objetivo la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de comunidades de bienes, explotaciones agrarias y sociedades civiles. El plazo de presentación se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.
¿Quiénes podrán solicitar las ayudas?
Las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil que tengan menos de 50 empleados. Divididas en Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados), Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados) y Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).
Es importante que las empresas solicitantes estén inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que tendrá que reflejar la actividad económica que desarrollan a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
¿Dónde consultar los detalles de la nueva convocatoria?
Red.es ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la nueva convocatoria de ayudas del programa Kit Digital, donde se recogen los requisitos para la solicitud de las ayudas, obligaciones de los beneficiarios, importes máximos de ayuda por cada solución de digitalización, así como otras cuestiones importantes.
¿Cómo solicitar la ayuda de Kit Digital?
Los pasos para la solicitud los tienes en Hoja de ruta para la solicitud del KIT DIGITAL que en resumen, son:
- Pasar Test de Diagnóstico Digital paso previo a la solicitud de ayudas.
- Solicitud del KIT DIGITAL a través de sede electrónica completando el formulario. Accede a las convocatorias de ayuda del segmento que corresponda según número de empleados.
- La solicitud podrá ser presentada por un representante voluntario que cuente con su autorización en el contexto de una convocatoria. Para ello, tendrá que cumplimentar el Modelo de Autorización de representante voluntario en el marco del programa Kit Digital.
- Cumplir con los requisitos el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para resultar ser beneficiario de la ayuda.
- Elegir solución de digitalización y Agente Digitalizador.
- Firmar Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.
Novedades de esta nueva convocatoria
La principal novedad de esta convocatoria es que las entidades solicitantes tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento (I, II o III) al que pertenezcan. Después, Red.es verificará en qué segmento se ubica cada entidad solicitante.
Además, para las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y las sociedades civiles con objeto mercantil que no estén constituidas en escritura pública será necesario el modelo de representación legal. El modelo estará disponible en la convocatoria. Este procedimiento no será necesario para sociedades civiles profesionales.
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